Resumen: La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda de modificación de medidas definitivas ampliando el régimen de visitas establecido a favor del padre.El actor en la demanda reclamaba la custodia compartida por semanas alternas de los dos hijos menores la mitad de las vacaciones de navidad, semana santa y verano, con alimentos a cargo del guardador y gastos extras por mitad. La Sala de la Audiencia, tras un nuevo examen de la prueba practicada saca a conclusiones distintas de las que sirvieron de base al pronunciamiento de primer grado. La situación laboral y horaria del padre con ser idéntica a la existente al tiempo de divorciarse, se ha visto reforzada por la presencia de una nueva pareja estable que puede asumir las ausencias laborales paternas, e incluso el abuelo.Dispone de vivienda propia a diez minutos en coche de la de los hijos y puede atender cualquier contingencia puesto que puede compensar el horario laboral en la semana que no los tenga. No hay divergencias insolubles o alta conflictividad con incidencia perjudicial en los hijos menores.Entre los progenitores hay un mínimo de entendimiento y consensos que facilitaría el desarrollo de la coparentalidad sin mayores problemas.Se estima el recurso y se implanta la custodia compartida por semanas.